Hace algunos días recibí, por correo electrónico, un aviso de notificación en sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social. El aviso ponía en mi conocimiento que, "en aplicación de lo establecido en el artículo 132 del vigente texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, se han puesto en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, accesible a través de una ULR [larguísima: imposible de reproducir aquí], notificaciones relacionadas con materias que son competencia de Tesorería General de la Seguridad Social (sic), a disposición de los destinatarios con NIF [el mío]". El aviso me previene de que tengo diez días para acceder a las notificaciones. Si no lo hago en ese plazo, se entenderán rechazadas y por lo tanto notificadas, con los correspondientes [y, añado yo, previsiblemente terroríficos] efectos legales.
Son tres notificaciones, tres.
Pincho en el enlace de la URL, que me lleva a un portal de acceso en el que puede emplearse el sistema CLAVE, un sistema de identificación digital ante las administraciones públicas que el Gobierno nos ofreció en los meses más duros de la pandemia para facilitar la comunicación entre el Estado y los administrados, y en el que, como buen ciudadano, me di de alta.
Pincho en el icono de CLAVE e introduzco mis datos, pero el servidor me dice que hay un error y que no estoy autorizado a entrar.
Averiguo por Internet el teléfono de atención al ciudadano de la Tesorería General de la Seguridad Social (que no viene en el correo electrónico que he recibido; es más, el correo dice que no admite respuestas, y que "la Seguridad Social dispone de otros canales de comunicación que ofrecen las debidas garantías de veracidad e integridad en la información suministrada", pero no dice cuáles) y llamo. Allí pregunto si no pueden notificarme las notificaciones por correo postal, como se ha hecho toda la vida, o incluso por correo electrónico, como han hecho en otras ocasiones. Me dicen que no. Insisto en que me parece extraño, y jurídicamente dudoso, que no haya más forma de saber qué ha decidido la Administración sobre nuestra vida y hacienda que unas notificaciones electrónicas en las que el sistema que me ha proporcionado la Administración no me deja entrar. Me dicen que no la hay y que me dirija a la Agencia Tributaria para incrementar el nivel de seguridad de mi CLAVE.
En la página de la Agencia Tributaria, luego de dar unas cuantas vueltas, llego a un trámite que consiste en incrementar el nivel de seguridad del sistema CLAVE, pero no puedo entrar por no tener certificado digital.
Llamo a la Agencia Tributaria y me mandan al servicio de atención al cliente.
Llamo al servicio de atención al cliente y me mandan al servicio técnico.
Llamo al servicio técnico y me mandan a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (para tener certificado digital, con el que podré entrar en las notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social e incrementar el nivel de seguridad del sistema CLAVE, si eso es lo que quiero) o a la policía (para hacerme el DNI electrónico, con el que también).
En la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, luego de dar muchísimas vueltas, encuentro el trámite para obtener el certificado digital, pero en la primera descarga ya no me deja seguir, porque utilizo un ordenador Apple y este no reconoce al proveedor. Para que reconozca al proveedor hay que seguir otro proceso que se me antoja aún más complicado que el que he iniciado.
Pruebo la vía del DNI electrónico. Vuelvo a llamar a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y me mandan a la oficina del DNI de la policía nacional de Sant Cugat.
Voy a la oficina del DNI de la policía nacional de Sant Cugat. Mi DNI ya es electrónico —al menos tiene un chip y se identifica con el icono del DNI electrónico— y quizá allí pueda resolver in situ el acceso a las notificaciones. Cuando llego, hay una cola terrible. La hago. Entro por fin y me dirijo a la máquina que ha de permitirme firmar con el DNI, según me informa un policía. Pero la máquina no me deja seguir adelante: mi DNI está mal —de serie; no lo he estropeado yo— y no puedo obtener el pin. He de renovar el DNI, pero no puedo hacerlo en el momento: he de pedir cita por teléfono o Internet.
Vuelvo a casa, llorando.
¡Y Berlanga en su centenario! Te enviaría toda mi paciencia, pero me hace falta. Un fuerte abrazo, Eduardo.
ResponderEliminarUsted, como persona física y no jurídica, NO está obligado a relacionarse con las administraciones públicas de manera electrónica. Salvo que anteriormente lo haya indicado así expresamente en algún trámite o procedimiento.
ResponderEliminarPensábamos que la burocracia administrativa iba a cambiar con las nuevas tecnologías y vamos de mal en peor.
ResponderEliminarMal de muchos...ya sabes.
Agua, ajo y resina.
Un abrazo enorme.